01

Ser persona física y estar en situación de insolvencia

  • Puedes ser particular o autónomo.
  • Ser insolvente, no poder pagar tus deudas.

02

Tener al menos dos acreedores

  • No basta con una sola deuda.
  • Debes tener mínimo dos acreedores distintos (por ejemplo: un banco y Hacienda, o dos entidades financieras).

03

Actuar de Buena Fe

  • No haber cometido delitos económicos en los últimos 10 años.
  • No haber ocultado bienes ni ingresos.
  • Colaborar con el juez y ser transparente durante el proceso.

04

No haberte acogido a esta ley recientemente

  • No haber solicitado la Ley de Segunda Oportunidad en los últimos 5 años si pediste exoneración total.
  • Ni en los últimos 10 años si hiciste un plan de pagos.

¿Quién puede acogerse a la Ley de 
Segunda Oportunidad?

 

 

 

Esta ley está pensada para personas particulares y autónomos que no pueden pagar sus deudas. Si tienes varias deudas, no cuentas con patrimonio suficiente y actúas de buena fe, puedes cancelar legalmente lo que debes y empezar de cero.

 

En DesEndeuda Abogados estudiamos tu caso sin compromiso y te acompañamos en todo el proceso.

¿Cómo es el procedimiento 
a seguir para cancelar deudas?

¿Qué conseguimos con la 
Ley de Segunda Oportunidad?

 

 

 

El procedimiento se lleva a cabo ante el Juzgado de lo Mercantil del lugar de residencia del solicitante. 

Cuando la persona no dispone de bienes suficientes, desde DesEndeuda Abogados solicitamos la declaración de concurso sin masa, lo que permite tramitar el proceso sin necesidad de nombrar un administrador concursal.
De este modo, se puede acceder de forma rápida y sencilla a la Exoneración del Pasivo Insatisfecho (EPI), logrando la cancelación definitiva de las deudas y permitiendo al cliente empezar de nuevo sin cargas económicas.

 

 

 

Desde el momento en que se declara el concurso de acreedores, se suspenden los embargos, las ejecuciones y el cobro de intereses, brindando al solicitante un respiro económico inmediato.

Al finalizar el procedimiento, se puede obtener la cancelación total de las deudas o, en su caso, una reestructuración de pagos adaptada a su capacidad económica, protegiendo su vivienda y patrimonio personal, todo ello conforme a lo establecido en la Ley de la Segunda Oportunidad.

Necesitamos su consentimiento para cargar las traducciones

Utilizamos un servicio de terceros para traducir el contenido del sitio web que puede recopilar datos sobre su actividad. Por favor revise los detalles en la política de privacidad y acepte el servicio para ver las traducciones.